E X T R A C T O
03 noviembre 2018.- Por Decreto M.O.P. (Exento) Nº 1308, de 11 de octubre de 2018, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3º letra a), 10° letra c), 14º letra e), y 105° del D.F.L. M.O.P. Nº 850 de 1997, que fijó el texto actualizado de la Ley Nº 15.840 y D.F.L. M.O.P N°206, de 1960, se expropió el lote de terreno N° 14, para la obra «Mejoramiento Construcción Ruta T-775, Sector Cruce T-75 (Puerto Nuevo), T-85 (Quillaico), lotes 1 al 35, que figura a nombre de MARTINEZ ALMONACID BLANCA ELIA, rol de avalúo 59-381, Comuna de LAGO RANCO, Región de Los Ríos, superficie 748 m2. La Comisión de Peritos integrada por María Soledad Núñez Arroyo, Patricio Fernando Casagrande Ulloa y Karín Alicia Ernst Elizalde, mediante informe de tasación de 01 de julio de 2011, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $1.413.200.- para el lote N° 14. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7º del Decreto Ley Nº 2186, de 1978.
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Por Decreto M.O.P. (Exento) Nº 1366, de 11 de octubre de 2018, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3º letra a), 10° letra c), 14º letra e), y 105° del D.F.L. M.O.P. Nº 850 de 1997, que fijó el texto actualizado de la Ley Nº 15.840 y D.F.L. M.O.P N°206, de 1960, se expropió el lote de terreno N° 30, para la obra «Mejoramiento Construcción Ruta T-775, Sector Cruce T-75 (Puerto Nuevo), T-85 (Quillaico), lotes 1 al 35, que figura a nombre de LARRAIN CAMPBELL RAFAEL JOSE, rol de avalúo 64-71, Comuna de LAGO RANCO, Región de Los Ríos, superficie 1.596 m2. La Comisión de Peritos integrada por María Soledad Núñez Arroyo, Patricio Fernando Casagrande Ulloa y Karín Alicia Ernst Elizalde, mediante informe de tasación de 01 de julio de 2011, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $6.574.300.- para el lote N° 30. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7º del Decreto Ley Nº 2186, de 1978.
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Por Decreto M.O.P. (Exento) Nº 1325, de 11 de octubre de 2018, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3º letra a), 10° letra c), 14º letra e), y 105° del D.F.L. M.O.P. Nº 850 de 1997, que fijó el texto actualizado de la Ley Nº 15.840 y D.F.L. M.O.P N°206, de 1960, se expropió el lote de terreno N° 64, para la obra «Mejoramiento Construcción Ruta T-775, Sector Cruce T-75 (Puerto Nuevo), T-85 (Quillaico), lotes 36 al 71», que figura a nombre de MUNOZ VERGARA NANCY LUCIA, rol de avalúo 65-485, Comuna de LAGO RANCO, Región de Los Ríos, superficie 82 m2. La Comisión de Peritos integrada por María Soledad Núñez Arroyo, Karin Alicia Ernst Elizalde y Patricio Fernando Casagrande Ulloa, mediante informe de tasación de 11 de abril de 2012, complementada por acta 30 de junio 2014, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $583.180.- para el lote N° 64. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7º del Decreto Ley Nº 2186, de 1978.
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Por Decreto M.O.P. (Exento) Nº 1368, de 11 de octubre de 2018, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3º letra a), 10° letra c), 14º letra e), y 105° del D.F.L. M.O.P. Nº 850 de 1997, que fijó el texto actualizado de la Ley Nº 15.840 y D.F.L. M.O.P N°206, de 1960, se expropió el lote de terreno N° 14, para la obra Reposición Pav. T-85 S: Rio Bueno – Cayurruca, que figura a nombre de VARGAS VASQUEZ JORGE Y OTROS, rol de avalúo 90-109, Comuna de RIO BUENO, Región de Los Ríos, superficie 60 m2. La Comisión de Peritos integrada por PATRICIO FERNANDO CASAGRANDE ULLOA, MARIA ISABEL RÍOS MARCUELLO y MARÍA SOLEDAD NÚÑEZ ARROYO, mediante informe de tasación de 03 de diciembre de 2012, complementado por acta de fecha 04 de mayo de 2015 y acta de fecha 14 de marzo de 2016, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $23.076.300.- para el lote N° 14. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7º del Decreto Ley Nº 2186, de 1978.
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Por Decreto M.O.P. (Exento) Nº1293, de 11 de octubre de 2018, y en base a la facultad otorgada por los artículos 3° letra a), 10° letra c) 14° letra e), y 105 del D.F.L. M.O.P. Nº850, de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº15.840 y del DFL. MOP. N°206, de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s. 69 y 70, para la obra: «Mejoramiento Rutas S/Rol, T-981-U S: Crucero-Entrelagos», que figuran a nombre de EMPRESA DE FERROCARRILES DEL ESTADO, rol de avalúo SIN ROL, Comuna de Rio Bueno, Región de Los Ríos, superficies 11.742 m2 y 103.037 m2. respectivamente. La Comisión de Peritos integrada por Patricio Fernando Casagrande Ulloa, Yaschala Maribel Yáñez Riffo y María Soledad Núñez Arroyo, mediante informes de tasación de 03 de junio de 2014, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $10.591.800.-, para el lote N°69 y $101.264.300.-, para el lote N°70. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7º del Decreto Ley Nº 2186, de 1978. Fiscal del Ministerio de Obras Públicas.
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Por Decreto M.O.P. (Exento) Nº 1297, de 11 de octubre de 2018, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3º letra a), 10° letra c), 14º letra e), y 105° del D.F.L. M.O.P. Nº 850 de 1997, que fijó el texto actualizado de la Ley Nº 15.840 y D.F.L. M.O.P N°206, de 1960, se expropió el lote de terreno N° 76, para la obra «Mejoramiento Rutas S/Rol, T-981-U S: Crucero-Entrelagos», que figura a nombre de KNOOP Y COMPANIA LIMITADA, rol de avalúo 525-13, Comuna de Rio Bueno, REGION DE LOS RIOS, superficie 1.115 m2. La Comisión de Peritos integrada por Patricio Fernando Casagrande Ulloa, Yaschala Maribel Yáñez Riffo y María Soledad Núñez Arroyo, mediante informe de tasación de 03 de junio de 2014, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $1.794.500.- para el lote N° 76. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7º del Decreto Ley Nº 2186, de 1978.
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Por Decreto M.O.P. (Exento) Nº1305, de 11 de octubre de 2018, y en base a la facultad otorgada por los artículos 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e), y 105 del D.F.L. M.O.P. Nº850, de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº15.840 y del DFL. MOP. N°206, de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s. 85 y 100, para la obra: «Mejoramiento Rutas S/Rol, T-981-U S: Crucero-Entrelagos», que figuran a nombre de EMPRESA DE FERROCARRILES DEL ESTADO, rol de avalúo SIN ROL, Comuna de Rio Bueno, Región de Los Ríos, superficies 32.902 m2 y 34.578 m2. respectivamente. La Comisión de Peritos integrada por Patricio Fernando Casagrande Ulloa, Yaschala Maribel Yáñez Riffo y María Soledad Núñez Arroyo, mediante informes de tasación de 03 de junio de 2014, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $62.829.500.-, para el lote N°85 y $37.639.700.-, para el lote N°100. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7º del Decreto Ley Nº 2186, de 1978. Fiscal del Ministerio de Obras Públicas.
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Por Decreto M.O.P. (Exento) Nº 1362, de 11 de octubre de 2018, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3º letra a), 10° letra c), 14º letra e), y 105° del D.F.L. M.O.P. Nº 850 de 1997, que fijó el texto actualizado de la Ley Nº 15.840 y D.F.L. M.O.P N°206, de 1960, se expropió el lote de terreno N° 1, para la obra «Mejoramiento Rutas S/Rol, T-981-U S: Crucero-Entrelagos», que figura a nombre de EMPRESA DE FERROCARRILES DEL ESTADO, rol de avalúo SIN ROL, Comuna de Rio Bueno, Región de Los Ríos, superficie 13.652 m2. La Comisión de Peritos integrada por Patricio Fernando Casagrande Ulloa, Yaschala Maribel Yáñez Riffo y María Soledad Núñez Arroyo, mediante informe de tasación de 03 de junio de 2014, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $107.203.400.- para el lote N° 1. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7º del Decreto Ley Nº 2186, de 1978.