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Corte de Apelaciones de Valdivia confirma fallo que ordena a casino pagar a dependientes por horas trabajadas los domingos

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20 diciembre 2017.- La Corte de Apelaciones de Valdivia rechazó recurso de nulidad interpuesto por Latin Gaming Osorno S.A., en contra del fallo de primera instancia que condenó al Casino Sol pagar a 116 trabajadores afiliados al sindicato el 30% de recargo sobre las horas ordinarias trabajadas en día domingo.

En fallo unánime (causa rol 201–2017), la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Juan Ignacio Correa, Cecilia Samur y el abogado (i) Ricardo Hernánd – ratificó la sentencia recurrida, dictada por el Juzgado de Letras del Trabajo de Osorno el 20 de octubre pasado, tras establecer que las actividades que desarrollan los trabajadores del Casino Sol de la ciudad de Osorno se encuentran contempladas en el artículo 38 N°7 del Código del Trabajo, lo que les da derecho a percibir dicho recargo.

La resolución, dictada ayer, martes 19 de diciembre, señala que “esta tesis sobre la naturaleza de la actividad que desarrollan los casinos de juegos y que comprendería a sus trabajadores en el artículo 38 N° 7 del Código del Trabajo, es corroborada por disposiciones legales expresas que, entre otros, prohíben el funcionamiento de los casinos de juego en aquellos días en que se realizan actividades que involucran a todos los habitantes de la Nación, sin que en modo alguno ordenen la paralización de aquellas explotaciones, labores o servicios que exijan continuidad por la naturaleza de sus procesos, por razones de carácter técnico, por las necesidades que satisfacen o para evitar notables perjuicios al interés público o de la industria, a las que se refiere el artículo 38 N° 2 del Código del Trabajo”

“Por estas consideraciones y visto, además, lo establecido en los artículos 38, 474, 477, 481 y 482, todos del Código del Trabajo, se resuelve que se rechaza el recurso de nulidad interpuesto por el Abogado Sr. Jorge Becar Jara, en representación de Latin Gaming Osorno S.A., en contra de la sentencia de 20 de octubre de dos mil diecisiete, dictada por don Hernán Eduardo Valdevenito Carrasco, Juez Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de Osorno, la que, en consecuencia, no es nula”, concluye la sentencia del tribunal de alzada.

En el fallo de primera instancia, el magistrado Valdevenito determinó acoger “I.- la demanda de cobro de prestaciones, deducida por don JOSE ALCIDES CANDIA HENRIQUEZ, en representación del SINDICATO DE EMPRESA CASINO SOL, y de sus 116 socios, de la ciudad de Osorno, y en consecuencia, se condena a LATIN GAMING OSORNO S.A., representada legalmente por don ALVARO BARRUETO CHAMORRO, todos ya  individualizados, condenándose a la demandada a pagar las siguientes cantidades a título de recargo del 30% sobre las horas ordinarias trabajadas en día domingo, correspondiente al período que va desde el día 20 de noviembre de 2016 al 24 de septiembre de 2017, según se detalla a continuación (ver archivo adjunto).

II.- Que, el beneficio consistente en recargo del 30% sobre las horas ordinarias trabajadas en día domingo, deberá seguir cancelándose a partir del día 25 de septiembre de 2017 y en lo sucesivo, respecto de los 116 trabajadores afiliados al Sindicato de Empresa Casino Sol de la ciudad de Osorno, por estimar que las actividades desarrolladas por dichos dependientes se encuentran comprendidas en el artículo 38 N°7 del Código del Trabajo”.

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