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Extracto: Ministerio de Obras Públicas

E X T R A C T O

15 noviembre 2017.- Por Decreto M.O.P. (Exento)  Nº 1307, de 18 de octubre de 2017, y en base a la facultad otorgada por los artículos 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del D.F.L. M.O.P. Nº850, de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº15.840 y del DFL. MOP. N°206, de 1960, se expropiaron los lotes de terreno  N°s. 112, 113, 114 y 116,  para la obra: «Mejoramiento Rutas S/Rol, T-981-U S: Crucero-Entrelagos» que figuran a  nombre  de SALDANA ROSAS HILARIO, MOMBERG BORQUEZ LUIS ALBERTO, SILVA POBLETE MARGARITA Y OTRO y SILVA POBLETE MARGARITA Y OTRO,  roles de  avalúo 528-306, 528-320, 528-308 y 528-308, Comuna de Rio Bueno, XIV Región de Los Ríos, superficies 127 m2, 130 m2, 566 m2 y 763 m2. respectivamente.   La Comisión de Peritos integrada por Patricio Fernando Casagrande Ulloa, Yaschala Maribel Yáñez Riffo y María Soledad Núñez Arroyo, mediante informe de tasación de 03 de junio de 2014, complementada por acta de fecha 11 de agosto de 2015, en lo que respecta al lote N°113,  fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de  $461.050.-, para el lote N°112, $1.432.400.-, para el lote N°113, $854.400.-, para el lote N°114, y $1.503.200.- para el lote N°116.  La indemnización se pagará al contado.  La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7º del Decreto Ley Nº 2186, de 1978.

E X T R A C T O

Por Decreto M.O.P. (Exento) Nº 1330, de 20 de octubre de 2017, y en base a la facultad otorgada por los artículos 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e), y 105° del D.F.L. M.O.P. Nº850, de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº15.840 y del DFL. MOP. N°206, de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s. 128, 129, 130, 131 y 132,  para la obra: «Mejoramiento Rutas S/Rol, T-981-U S: Crucero-Entrelagos», que figuran a  nombre  de VASQUEZ MARTINEZ MARIA DE LA LUZ AD, MOMBERG BORQUEZ LUIS ALBERTO, VASQUEZ MARTINEZ JAIME, MOMBERG BORQUEZ LUIS ALBERTO y VASQUEZ MARTINEZ JAIME, roles de  avalúo 1528-570, 528-288, 528-287, 528-288  y  528-287, Comuna de Rio Bueno, XIV Región de Los Ríos, superficies 31 m2, 122 m2, 14 m2, 389 m2 y 268 m2. respectivamente.   La Comisión de Peritos integrada por Patricio Fernando Casagrande Ulloa, Yaschala Maribel Yáñez Riffo y María Soledad Núñez Arroyo, mediante informe de tasación de 03 de junio de 2014, complementada por actas de fecha 18 de abril de 2017, en lo que respecta al lote N°128, y acta de fecha 11 de agosto de 2015, lotes 129 y 131, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $103.000.-, para el lote N°128, $275.300.- para el lote N°129,  $62.000.-, para el lote N°130,  $798.350.- para el lote N°131 y $717.600.- para el lote N°132.  La indemnización se pagará al contado.  La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7º del Decreto Ley Nº 2186, de 1978. Fiscal del Ministerio de Obras Públicas.

E X T R A C T O

Por Decreto M.O.P. (Exento) Nº 1291, de 17 de octubre de 2017, y en base a la facultad otorgada por los artículos 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e), y 105° del D.F.L. M.O.P. Nº850, de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº15.840 y del DFL. MOP. N°206, de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s. 122, 123, 125, 126 y 127,  para la obra: «Mejoramiento Rutas S/Rol, T-981-U S: Crucero-Entrelagos», que figuran a  nombre  de FERNANDEZ GONZALEZ CARLOS, FERNANDEZ GONZALEZ CARLOS, VASQUEZ MARTINEZ MARIA DE LA LUZ AD, MOREIRA CARDENAS PEDRO ANDRES y VASQUEZ MARTINEZ MARIA DE LA LUZ AD, roles de  avalúo 528-309, 528-309, 1528-570, 1528-568  y  1528-570, Comuna de Rio Bueno, XIV Región de Los Ríos, superficies 100 m2, 203 m2, 115 m2, 518 m2 y 60 m2. respectivamente.   La Comisión de Peritos integrada por Patricio Fernando Casagrande Ulloa, Yaschala Maribel Yáñez Riffo y María Soledad Núñez Arroyo, mediante informe de tasación de 03 de junio de 2014, complementada por acta de fecha 18 de abril de 2017, respecto de los lotes N°s. 125, 126 y 127 , fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $377.700.-, para el lote N°122, $699.500.- para el lote N°123,  $196.000.-, para el lote N°125,  $942.200.- para el lote N°126 y $172.500.- para el lote N°127.  La indemnización se pagará al contado.  La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7º del Decreto Ley Nº 2186, de 1978. Fiscal del Ministerio de Obras Públicas.

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Por Decreto MOP (Exento) Nº1300, de 18 de octubre de 2017, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14 letra e), y 105 del D.F.L. M.O.P. Nº 850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 15.840 y del  DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s. 5 y 6, para la obra: SISTEMA DE AGUA POTABLE RURAL BOQUIAL, que figura a nombre de MUNOZ CARCAMO AMELIA DEL C y MUNOZ CARCAMO AMELIA DEL C, roles de avalúo 528-92 y 528-92, Comuna de RIO BUENO, XIV REGION, superficies 894 y 653 m2 respectivamente. La Comisión de Peritos integrada por YASCHALA MARIBEL YAÑEZ RIFFO, MARIA SOLEDAD NUÑEZ ARROYO y PATRICIO FERNANDO CASAGRANDE ULLOA, mediante informe de tasación de 15 de diciembre de 2014, modificado por acta de fecha 23 de junio de 2017, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $4.023.000 para el lote N°5, y $2.962.500 para el lote N°6. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7º del Decreto Ley Nº 2186, de 1978.

E X T R A C T O

Por Decreto M.O.P. (Exento) Nº 1309, de 18 de octubre de 2017, y en base a la facultad otorgada por los artículos 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e), y 105° del D.F.L. M.O.P. Nº850, de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº15.840 y del DFL. MOP. N°206, de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s. 3, 4 y 5,  para la obra: «Mejoramiento Ruta T-85, Varios Tramos en Lago Ranco – Calcurrupe» (Tramo II, Nilahue – Calcurrupe),, que figuran a  nombre  de GARCES FLORES JUAN DE DIOS, GARCES FLORES JUAN DE DIOS  y GARCES FLORES JUAN DE DIOS,  roles de  avalúo 63-191,  63-191  y 63-191, Comuna de LAGO RANCO, XIV Región de Los Ríos, superficies 573 m2, 1.662 m2 y 149 m2. respectivamente.   La Comisión de Peritos integrada por Patricio Fernando Casagrande Ulloa, María Soledad Núñez Arroyo y Karin Alicia Ernst Elizalde, mediante informe de tasación de 24 de agosto de 2011, complementado por acta de fecha 31 de diciembre de 2012   fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de  $1.250.100.-, para el lote N°3, $3.074.700.- para el lote N°4 y $238.400.-, para el lote N°5.  La indemnización se pagará al contado.  La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7º del Decreto Ley Nº 2186, de 1978.

E X T R A C T O

Por Decreto MOP (Exento) Nº1299, de 18 de octubre de 2017, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14 letra e), y 105 del D.F.L. M.O.P. Nº 850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 15.840 y del  DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropió el lote de terreno N° 3, para la obra: SISTEMA DE AGUA POTABLE RURAL BOQUIAL, que figura a nombre de CHIUCA PICHICOI GREGORIO Y OTROS, rol de avalúo 528-195, Comuna de RIO BUENO, XIV REGION DE LOS RIOS, superficie 966 m2. La Comisión de Peritos integrada por YASCHALA MARIBEL YAÑEZ RIFFO, MARIA SOLEDAD NUÑEZ ARROYO y PATRICIO FERNANDO CASAGRANDE ULLOA, mediante informe de tasación de 15 de diciembre de 2014, complementado por acta de fecha 23 de junio de 2017, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $3.960.600 para el lote N°3. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7º del Decreto Ley Nº 2186, de 1978.

E X T R A C T O

Por Decreto M.O.P. (Exento) Nº 1337, de 20 de octubre de 2017, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3º letra  a), 10° letra c), 14º letra e) y 105° del D.F.L. M.O.P. Nº 850 de 1997, que fijó el texto actualizado  de la Ley Nº  15.840  y D.F.L. M.O.P N°206, de 1960, se expropió el lote de terreno  N° 2,  para la obra «MEJORAMIENTO CBI LA UNION – PUENTE LAS TRANCAS», que figura a  nombre  de  MIRANDA BAHAMONDEZ ENRIQUE JORGE,  rol de  avalúo 524-485,  Comuna de LA UNION, XIV REGIÓN DE LOS RÍOS, superficie 133 m2.   La Comisión de Peritos integrada por Patricio Fernando Casagrande Ulloa, Yáschala Maribel Yáñez Riffo  y  María Soledad Núñez Arroyo, mediante informe de tasación de 06 de marzo de 2015, complementado por Acta de fecha 09 de marzo de 2016 fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de  $1.394.900.-  para el lote N° 2.  La indemnización se pagará al contado.  La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7º del Decreto Ley Nº 2186, de 1978.

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Por Decreto Exento  MOP. Nº 1375,   de 02 de noviembre  de 2017,  se modificó el numeral segundo del  Decreto (Exento)  MOP. N°1101, de 08 de septiembre  de 2017, en lo que respecta al nombre del propietario del lote N°117, donde dice “Fortestal”, debe decir “Forestal”.  Fiscal del Ministerio de Obras Públicas.

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