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Extractos: Ministerio Obra Publicas (MOP)

E X T R A C T O

02 noviembre 2017.- Por Decreto MOP (Exento) Nº1177, de 29 de septiembre de 2017, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14 letra e),  y 105 del D.F.L. M.O.P. Nº 850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 15.840 y del  DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropió el lote de terreno N° 2-A, para la obra: SISTEMA DE AGUA POTABLE RURAL PUMOL, que figura a nombre de GUARDA HOLTHEUER OLIVIA, rol de avalúo 71-223, Comuna de FUTRONO, XIV REGION DE LOS RIOS, superficie 4.280 m2. La Comisión de Peritos integrada por YASCHALA MARIBEL YAÑEZ RIFFO, MARIA SOLEDAD NUÑEZ ARROYO y PATRICIO FERNANDO CASAGRANDE ULLOA, mediante informe de tasación de 22 de junio de 2017, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $23.839.000 para el lote N°2-A. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7º del Decreto Ley Nº 2186, de 1978.

E X T R A C T O

Por Decreto MOP (Exento) Nº1178, de 29 de septiembre de 2017, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14 letra e), y 105 del D.F.L. M.O.P. Nº 850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 15.840 y del  DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropió el lote de terreno N° 1A, para la obra: SISTEMA DE AGUA POTABLE RURAL PUMOL, que figura a nombre de MUNOZ FUENZALIDA SERGIO ANTONIO, rol de avalúo 71-567, Comuna de FUTRONO, XIV REGION DE LOS RIOS, superficie 2.248 m2. La Comisión de Peritos integrada por YASCHALA MARIBEL YAÑEZ RIFFO, MARIA SOLEDAD NUÑEZ ARROYO y PATRICIO FERNANDO CASAGRANDE ULLOA, mediante informe de tasación de 22 de junio de 2017, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $7.547.300 para el lote N°1A. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7º del Decreto Ley Nº 2186, de 1978.

E X T R A C T O

Por Decreto MOP (Exento) Nº1179, de 29 de septiembre de 2017, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14 letra e), y 105 del D.F.L. M.O.P. Nº 850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 15.840 y del  DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropió el lote de terreno N° 2, para la obra: SISTEMA DE AGUA POTABLE RURAL DE QUIMAN ALTO, que figura a nombre de SILVA SANDOVAL MARIO ANSELMO Y OTRO, rol de avalúo 72-47, Comuna de FUTRONO, XIV REGION DE LOS RIOS, superficie 1.175,92 m2. La Comisión de Peritos integrada por YASCHALA MARIBEL YAÑEZ RIFFO, MARIA SOLEDAD NUÑEZ ARROYO y PATRICIO FERNANDO CASAGRANDE ULLOA, mediante informe de tasación de 08 de diciembre de 2014, complementado por acta de fecha 28 de junio de 2017, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $4.821.272 para el lote N°2. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7º del Decreto Ley Nº 2186, de 1978.

E X T R A C T O

Por Decreto M.O.P. (Exento) Nº 1202,  de 29 de septiembre de 2017, y en base a la facultad otorgada por los artículos 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e), y 105° del D.F.L. M.O.P. Nº850, de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº15.840 y del DFL. MOP. N°206, de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s. 17 y 18, para la obra: «Mejoramiento Rutas S/Rol, T-981-U S: Crucero-Entrelagos», que figuran a  nombre  de AGRICOLA VANIMAJO LIMITADA y AGRICOLA VANIMAJO LIMITADA, roles de  avalúo 516-166 y 516-166, Comuna de Río Bueno, XIV Región de Los Ríos, superficies 617 m2 y 211 m2. respectivamente.   La Comisión de Peritos integrada por Patricio Fernando Casagrande Ulloa, Yaschala Maribel Yáñez Riffo y María Soledad Núñez Arroyo, mediante informe de tasación de 03 de junio de 2014, complementado por acta de fecha 13 de diciembre de 2016, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $5.742.300.-, para el lote N°17 y $486.900.- para el lote N°18.  La indemnización se pagará al contado.  La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7º del Decreto Ley Nº 2186, de 1978.

E X T R A C T O

Por Decreto M.O.P. (Exento) Nº 1268, de 12 de octubre de 2017, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3º letra  a), 10° letra c), 14º letra e) y 105° del D.F.L. M.O.P. Nº 850 de 1997, que fijó el texto actualizado  de la Ley Nº  15.840  y D.F.L. M.O.P N°206, de 1960, se expropió el lote de terreno  N° 31,  para la obra «Mejoramiento Rutas S/Rol, T-981-U S: Crucero-Entrelagos», que figura a  nombre  de  MOMBERG BORQUEZ LUIS ALBERTO,  rol de  avalúo 523-86,  Comuna de Río Bueno, XIV Región de Los Ríos, superficie 728 m2.   La Comisión de Peritos integrada por Patricio Fernando Casagrande Ulloa, Yaschala Maribel Yáñez Riffo  y  María Soledad Núñez Arroyo, mediante informe de tasación de 03 de junio de 2014, complementado por acta de fecha 27 de mayo de 2017,  fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de  $1.263.500.-  para el lote N° 31.  La indemnización se pagará al contado.  La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7º del Decreto Ley Nº 2186, de 1978.

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