E X T R A C T O
16 octubre 2017.- Por Decreto M.O.P. (Exento) Nº 1066, de 05 de septiembre de 2017, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3º letra a), 10° letra c), 14º letra e) y 105° del D.F.L. M.O.P. Nº 850 de 1997, que fijó el texto actualizado de la Ley Nº 15.840 y D.F.L. M.O.P N°206, de 1960, se expropió el lote de terreno N° 23, para la obra Reposición Pav. T-85 S: Rio Bueno – Cayurruca, que figura a nombre de LEAL VILLANUEVA MARIA IRENIA, rol de avalúo 91-1, Comuna de RIO BUENO, XIV Región de Los Ríos, superficie 237 m2. La Comisión de Peritos integrada por PATRICIO FERNANDO CASAGRANDE ULLOA, MARIA ISABEL RÍOS MARCUELLO y MARÍA SOLEDAD NÚÑEZ ARROYO, mediante informe de tasación de 03 de diciembre de 2012, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $13.227.200.- para el lote N° 23. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7º del Decreto Ley Nº 2186, de 1978.
E X T R A C T O
Por Decreto M.O.P. (Exento) Nº 1077, de 06 de septiembre de 2017, y en base a la facultad otorgada por los artículos 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e), y 105° del D.F.L. M.O.P. Nº850, de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº15.840 y del DFL. MOP. N°206, de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s. 133, 134 y 135, para la obra: «Mejoramiento Rutas S/Rol, T-981-U S: Crucero-Entrelagos», que figuran a nombre de MOMBERG BORQUEZ LUIS ALBERTO, VASQUEZ MARTINEZ JAIME y MOMBERG BORQUEZ LUIS ALBERTO, roles de avalúo 528-288, 528-287 y 528-288, Comuna de Rio Bueno, XIV Región de Los Ríos, superficies 266 m2, 46 m2 y 174 m2. respectivamente. La Comisión de Peritos integrada por Patricio Fernando Casagrande Ulloa, Yaschala Maribel Yáñez Riffo y María Soledad Núñez Arroyo, mediante informe de tasación de 03 de junio de 2014, complementado por acta de fecha 11 de agosto de 2015, en lo que respecta a los lotes Ns. 133 y 135 fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $521.900.-, para el lote N°133, $310.200.- para el lote N°134 y $362.100.-, para el lote N°135. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7º del Decreto Ley Nº 2186, de 1978.
E X T R A C T O
Por Decreto MOP (Exento) Nº1118, de 15 de septiembre de 2017, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e), y 105° del D.F.L. M.O.P. Nº 850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 15.840 y del DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s.1 y 2, para la obra: SISTEMA DE AGUA POTABLE RURAL MARIQUINA, que figura a nombre de BARRIENTOS FERREIRO JENARO OPELI Y y DIAZ GALLARDO DARIEL HUMBERTO, roles de avalúo 72-9 y 72-36, Comuna de FUTRONO, XIV REGION, superficies 1.056 y 1.138 m2 respectivamente. La Comisión de Peritos integrada por VICTORIA ADRIANA BLANCO COSTA, NORMAN ESTANISLAO CALDERON PONTIGGIA y LORETO ISABEL HERNANDEZ RIOS, mediante informe de tasación de 15 de junio de 2017, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $2.512.800 para el lote N°1, y $6.202.000 para el lote N°2. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7º del Decreto Ley Nº 2186, de 1978.
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Por Decreto M.O.P. (Exento) Nº 1101, de 08 de septiembre de 2017, y en base a la facultad otorgada por los artículos 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e), y 105° del D.F.L. M.O.P. Nº850, de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº15.840 y del DFL. MOP. N°206, de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s. 117, 118, 119, 120 y 121, para la obra: «Mejoramiento Rutas S/Rol, T-981-U S: Crucero-Entrelagos», que figuran a nombre de SOC AGRIC GANAD Y FORTESTAL MOLLU, SILVA POBLETE MARGARITA Y OTRO, SILVA POBLETE MARGARITA Y OTRO, SILVA POBLETE MARGARITA Y OTRO y FERNANDEZ GONZALEZ CARLOS, roles de avalúo 528-21, 528-308, 528-308, 528-308 y 528-309, Comuna de Rio Bueno, XIV Región de Los Ríos, superficies 2.316 m2, 170 m2, 385 m2, 185 m2 y 232 m2. respectivamente. La Comisión de Peritos integrada por Patricio Fernando Casagrande Ulloa, Yaschala Maribel Yáñez Riffo y María Soledad Núñez Arroyo, mediante informe de tasación de 03 de junio de 2014, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $4.994.500.-, para el lote N°117, $1.285.500.- para el lote N°118, $998.400.-, para el lote N°119, $383.750.- para el lote N°120 y $1.009.200.- para el lote N°121. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7º del Decreto Ley Nº 2186, de 1978. Fiscal del Ministerio de Obras Públicas.
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Por Decreto M.O.P. (Exento) Nº 1078, de 06 de septiembre de 2017, y en base a la facultad otorgada por los artículos 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e), y 105° del D.F.L. M.O.P. Nº850, de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº15.840 y del DFL. MOP. N°206, de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s. 107, 108, 109, 110 y 111, para la obra: «Mejoramiento Rutas S/Rol, T-981-U S: Crucero-Entrelagos», que figuran a nombre de SALDANA ROSAS HILARIO, SOC AGRIC GANAD Y FORESTAL MOLLU, GATICA SOBARZO MARIA HILDA Y OTROS, GATICA LEAL ROSANA ISABET Y OTROS y SOC AGRIC GANAD Y FORESTAL MOLLU, roles de avalúo 528-306, 528-21, 528-620, 528-677 y 528-21, Comuna de Rio Bueno, XIV Región de Los Ríos, superficies 21 m2, 46 m2, 206 m2, 84 m2 y 1.347 m2. respectivamente. La Comisión de Peritos integrada por Patricio Fernando Casagrande Ulloa, Yaschala Maribel Yáñez Riffo y María Soledad Núñez Arroyo, mediante informe de tasación de 03 de junio de 2014, complementada por actas de fecha 25 de abril de 2016, en lo que respecta al lote N°109 fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $162.000.-, para el lote N°107, $140.500.- para el lote N°108, $1.033.500.-, para el lote N°109, $1.966.050.- para el lote N°110 y $2.393.400.- para el lote N°111. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7º del Decreto Ley Nº 2186, de 1978. Fiscal del Ministerio de Obras Públicas.