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Condenan a 15 años y un día de presidio a hombre que abusó y violó a su hijastra en La Unión

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Juicio Fiscalia de La Union

06 octubre 2017.- El fiscal Raúl Suárez acreditó que el acusado cometió estos delitos de manera reiterada entre los años 2001 y 2016, desde que la víctima tenía 4 años de edad.

Un hombre de 45 años de edad fue sentenciado a cumplir una pena de 15 años y un día de presidio en un juicio oral en el que la Fiscalía Local de La Unión acreditó su responsabilidad en los delitos abuso sexual de menor de 14 años, violación de menor de 14 años y violación de mayor de 14 años, todos ellos cometidos de manera reiterada.

Durante el juicio, el fiscal jefe de La Unión, Raúl Suárez Pinilla, presentó pruebas testimoniales, periciales y documentales para acreditar que el acusado es responsable de estos hechos que afectaron a la hija de su conviviente desde que tenía 4 años de edad.

“Los hechos que se dieron por acreditados, en términos generales fueron los mismos que la Fiscalía indicó como configurativos de los tres delitos, en un período que comprendió aproximadamente desde el año 2001 hasta el 2016”, precisó el fiscal del Ministerio Público.

Agregó que, durante el juicio, “logramos acreditar que aquí hubo una conducta no sólo reiterada, sino que sistemática  de agresiones sexuales en contra de la víctima, con un daño irreparable desde el punto de vista emocional, psicológico, que precisamente fue lo que esgrimimos como argumento para solicitar una pena que en definitiva fue la que el tribunal otorgó”.

El fiscal Suárez destacó que el tribunal considerara contra el acusado una circunstancia agravante que la Fiscalía solicitó en el juicio, que era el haber actuado en cada uno de estos ilícitos abusando de la confianza de la víctima, ya que era su padrastro y en esa calidad se quedaba a solas con ella, estaba a cargo de su cuidado y era su figura paterna.

Debido a su rol constitucional de dar protección a quienes han sido víctimas o testigos de un delito, la Fiscalía no dio a conocer el nombre del acusado, para evitar que con su identificación se pudiera también identificar a la víctima de estos hechos.

La sentencia fue dictada por la primera sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valdivia.

 

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