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Contribuyentes ya pueden revisar y complementar información que servirá de base para su propuesta de declaración de IVA

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24 agosto 2017.- El Servicio destacó que esta Propuesta de Declaración se construirá en base al nuevo Registro de Compras y Ventas, que incorpora automáticamente la información de los documentos electrónicos emitidos y recibidos por el Servicio durante el mes.El llamado a los contribuyentes es a revisar esta información y a complementarla, si es necesario. Para esto, cuenta con distintos sistemas de ayuda disponibles en el sitio del SII.

 A 10 días de la implementación de la nueva propuesta de Declaración de IVA, el Servicio de Impuestos Internos (SII) llamó a los contribuyentes a revisar y complementar, si es necesario, la información que ya se encuentra disponible en el Registro de Compras y Ventas, herramienta que servirá de base para la construcción de dicha propuesta.

El Registro Automático de Compras y Ventas es confeccionado a partir de la información de los documentos electrónicos que deben ser enviados al SII. Es decir, la primera Propuesta de Declaración de IVA contendrá la información de las compras y ventas registradas durante agosto.

Esta propuesta de Declaración de IVA simplificará la forma en que se declara este impuesto, con el objeto de facilitar al máximo posible la declaración de IVA para los contribuyentes.  Además, estará disponible para más de 700 mil contribuyentes, de los cuales, cerca del 94% pertenecen al segmento de empresas pequeñas y que requieren más apoyo.

Acuse de recibo

En este proceso, se recomienda a los contribuyentes poner especial atención al plazo de 8 días de acuse de recibo de las facturas electrónicas, es decir, la aceptación de este documento, especialmente si quiere usar el crédito fiscal de IVA durante el mismo mes de recepción de la factura.

Hay que recordar que si una factura es recepcionada a fin de mes y el contribuyente quiere usar el crédito fiscal asociado dentro del mismo período, debe realizar el acuse de recibo dentro del mes y antes de los 8 días que rigen como plazo para dar como automáticamente validada una factura. Si no lo hace y el acuse de recibo se realiza al mes siguiente, el crédito fiscal quedará disponible también al mes siguiente.

Dicho de otra forma, con el nuevo Registro de Compras y Ventas, no se pierde nunca el crédito fiscal asociado a las facturas, dado que queda registrado automáticamente y se utiliza el mes en que se da acuso de recibo.

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