spot_img
spot_img
spot_img
spot_img

Extracto: se expropiaron los lotes de terreno para la obra Reposición Pav. T-85 S: Rio Bueno – Cayurruca

E X T R A C T O  

01 junio 2017.- Por Decreto M.O.P. (Exento) Nº 362,  de 16 de mayo de 2017, y en base a la facultad otorgada por los artículos 3° letra a), 10° letra c) 14° letra e) y 105° del D.F.L. M.O.P. Nº850, de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº15.840 y del DFL. MOP. N°206, de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s. 18 y 24, para la obra: Reposición Pav. T-85 S: Rio Bueno – Cayurruca, que figuran a  nombre  de SOLIS SOLIS UBERLINDA y COOP AGRICOLA Y LECHERA DE LA UN, roles de  avalúo 90-87 y 501-32, Comuna de RIO BUENO, XIV Región de Los Ríos, superficies 710 m2 y 814 m2. respectivamente.   La Comisión de Peritos integrada por PATRICIO FERNANDO CASAGRANDE ULLOA, MARIA ISABEL RÍOS MARCUELLO y MARÍA SOLEDAD NÚÑEZ ARROYO, mediante informe de tasación de 03 de diciembre de 2012, complementada por acta de fecha 04 de mayo de 2015, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $6.592.300.-, para el lote 18 y $22.981.500.-, para el lote 24.  La indemnización se pagará al contado.  La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7º del Decreto Ley Nº 2186, de 1978.

 

E X T R A C T O  

Por Decreto M.O.P. (Exento) Nº 363, de 16 de mayo de 2017, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3º letra  a), 10° letra c) 14º letra e) y 105° del D.F.L. M.O.P. Nº 850 de 1997, que fijó el texto actualizado  de la Ley Nº  15.840  y D.F.L. M.O.P N°206, de 1960, se expropió el lote de terreno  16,  para la obra Reposición Pav. T-85 S: Rio Bueno – Cayurruca, que figura a  nombre  de  JARA SANDOVAL CLEMENTE,  rol de  avalúo 90-21,  Comuna de RIO BUENO, XIV Región de Los Ríos, superficie 70 m2.   La Comisión de Peritos integrada por PATRICIO FERNANDO CASAGRANDE ULLOA, MARIA ISABEL RÍOS MARCUELLO  y  MARÍA SOLEDAD NÚÑEZ ARROYO, mediante informe de tasación de 03 de diciembre de 2012, complementada por acta de fecha 04 de mayo de 2015 y acta de fecha 05 de junio de 2015, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de  $4.538.710.-  para el lote N° 16La indemnización se pagará al contado.  La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7º del Decreto Ley Nº 2186, de 1978.

E X T R A C T O  

Por Decreto M.O.P. (Exento) Nº 357, de 12 de mayo de 2017, y en base a la facultad otorgada por los artículos 3° letra a), 10° letra c) 14° letra e) y 105° del D.F.L. M.O.P. Nº850, de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº15.840 y del DFL. MOP. N°206, de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s. 94, 95 y 97,  para la obra: «Mejoramiento Rutas S/Rol, T-981-U S: Crucero-Entrelagos», que figuran a  nombre  de EMPRESA DE FERROCARRILES DEL ES, EMPRESA DE FERROCARRILES DEL ES y EMPRESA DE FERROCARRILES DEL ES,  roles de  avalúo 90538-11,  90538-8  y 90538-9, Comuna de Rio Bueno, XIV Región de Los Ríos, superficies 1.161 m2, 1.976 m2 y 1.253 m2. respectivamente.   La Comisión de Peritos integrada por Patricio Fernando Casagrande Ulloa, Yaschala Maribel Yáñez Riffo y María Soledad Núñez Arroyo, mediante informe de tasación de 03 de junio de 2014,   fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de  $1.044.900.-, para el lote 94, $2.566.400.- para el lote 95 y $2.197.000.-, para el lote 97.  La indemnización se pagará al contado.  La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7º del Decreto Ley Nº 2186, de 1978.

 

E X T R A C T O  

Por Decreto M.O.P. (Exento) Nº 367,  de 16 de mayo de 2017, y en base a la facultad otorgada por los artículos 3° letra a), 10° letra c) 14° letra e) y 105° del D.F.L. M.O.P. Nº850, de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº15.840 y del DFL. MOP. N°206, de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s. 91 y 102, para la obra: «Mejoramiento Rutas S/Rol, T-981-U S: Crucero-Entrelagos», que figuran a  nombre  de GALLARDO DIMTER VICTOR Y OTRA y GALLARDO DIMTER VICTOR Y OTRA, roles de  avalúo 528-206 y 528-206, Comuna de Rio Bueno, XIV Región de Los Ríos, superficies 2.316 m2 y 49 m2. respectivamente.   La Comisión de Peritos integrada por Patricio Fernando Casagrande Ulloa, Yaschala Maribel Yáñez Riffo y María Soledad Núñez Arroyo, mediante informe de tasación de 03 de junio de 2014, complementados por Actas de fecha 13 de abril de 2015, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $4.388.200.-, para el lote 91 y $766.600.-, para el lote 102.  La indemnización se pagará al contado.  La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7º del Decreto Ley Nº 2186, de 1978.

E X T R A C T O  

Por Decreto M.O.P. (Exento) Nº 364, de 16 de mayo de 2017, y en base a la facultad otorgada por los artículos 3° letra a), 10° letra c) 14° letra e) y 105° del D.F.L. M.O.P. Nº850, de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº15.840 y del DFL. MOP. N°206, de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s. 161, 162, 163, 164  y 165,  para la obra: «Mejoramiento Rutas S/Rol, T-981-U S: Crucero-Entrelagos», que figuran a  nombre  de MARTABIT CASPO MICHEL, MARTABIT CASPO MICHEL, MARTABIT CASPO MICHEL, MARTABIT CASPO MICHEL y CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA JERE, roles de  avalúo 528-253, 528-253, 258-253, 528-297  1528-101, Comuna de Rio Bueno, XIV Región de Los Ríos, superficies 356 m2, 63 m2, 137 m2, 296 m2 y 440 m2. respectivamente.   La Comisión de Peritos integrada por Patricio Fernando Casagrande Ulloa, Yaschala Maribel Yáñez Riffo y María Soledad Núñez Arroyo, mediante informe de tasación de 03 de junio de 2014,   fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $1.252.000.-, para el lote 161, $360.500.-, para el lote 162,  $280.500.-, para el lote 163,  $530.500.- para el lote164 y $1.026.800.- para el lote 165.  La indemnización se pagará al contado.  La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7º del Decreto Ley Nº 2186, de 1978. Fiscal del Ministerio de Obras Públicas.

 

E X T R A C T O  

Por Decreto M.O.P. (Exento) Nº 371, de 17 de mayo de 2017, y en base a la facultad otorgada por los artículos 3° letra a), 10° letra c) 14° letra e) y 105° del D.F.L. M.O.P. Nº850, de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº15.840 y del DFL. MOP. N°206, de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s. 8, 9, 10, 11  y 12,  para la obra: «Mejoramiento Rutas S/Rol, T-981-U, S: Crucero – Entrelagos»,, que figuran a  nombre  de CAMPOS DANIEL NICOMEDES OSCAR, DANIEL LETELIER OSCAR FRANCISCO, EMPRESA DE FERROCARRILES DEL ESTADO, DANIEL LETELIER OSCAR FRANCISCO y DANIEL LETELIER MARIA SOLEDAD, roles de  avalúo 516-81, 516-117, SIN ROL, 516-262  516-337, Comuna de RIO BUENO, XIV REGIÓN DE LOS RÍOS, superficies 270 m2, 398 m2, 106.749 m2, 299 m2 y 938 m2. respectivamente.   La Comisión de Peritos integrada por PATRICIO FERNANDO CASAGRANDE ULLOA, YASCHALA MARIBEL YÁÑEZ RIFFO y MARÍA SOLEDAD NÚÑEZ ARROYO, mediante informe de tasación de 03 de junio de 2014,   fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $727.800.-, para el lote 8, $716.500.-, para el lote 9,  $107.990.700.-, para el lote 10,  $558.500.- para el lote11 y $2.729.500.- para el lote 12.  La indemnización se pagará al contado.  La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7º del Decreto Ley Nº 2186, de 1978. Fiscal del Ministerio de Obras Públicas.

spot_img