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Extracto de traslado de derecho de aprovechamiento de aprovechamiento de aguas consuntivo

EXTRACTO

 Alfredo Pastor Fernández Goycoolea, en representación de Agrícola El Taique Limitada domiciliada en Hermanos Philippi 1268, Osorno, solicita el traslado del ejercicio de  un derecho de aprovechamiento consuntivo por noventa litros por segundo, de  ejercicio eventual  y continuo, sobre las aguas superficiales y corrientes del río Licán, localizado en la comuna de Rio Bueno, provincia Del Ranco, Región de Los Ríos, constituidos originalmente  mediante Resolución D.G.A. N° 186 de fecha 18 de Mayo de 1989 y luego trasladados según Resolución DGA N°095 del 10 de Julio de 1996.Dicho derecho se encuentra inscrito a fojas 15 N° 11 del año 2001 en el Registro de Propiedad de Aguas del Conservador de Bienes Raíces de la ciudad de Rio Bueno. Captación original gravitacional en la ribera sur-oriente del río Licán  en la coordenada UTM (m) Norte 5.500.984 y Este 720.165. Las coordenadas UTM   están referidas a la Carta I.G.M.  Escala 1:50.000, del Datum Provisorio Sudamericano de 1956. El traslado del ejercicio del derecho individualizado  será extraído mecánicamente desde dos nuevos puntos de captación, ambos en la ribera oriente del cauce del mismo rio Licán. La  denominación, cauce, caudal a trasladar, nuevas coordenadas UTM de captación mecánica se indican a continuación:

  1. Cauce Rio Licán (Riego E). Caudal 45 l/s. Captación UTM (m)  Norte 5.498.070 y  Este 718.584
  1. Cauce Rio Licán (Riego F). Caudal 45 l/s. Captación  UTM (m) Norte 5.497.508 y Este 718.556

Las coordenadas UTM están referidas a la Carta I.G.M. “Termas de Puyehue”, Escala 1:50.000, del Datum 84, Huso 18.

 

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