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Seremi del Trabajo de Los Ríos hizo un llamado a todos los trabajadores a participar de los comicios municipales

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18 octubre 2016.- Este domingo 23 de octubre son las elecciones municipales en el país, y como es de esperar, muchos trabajadores estarán en sus puestos de trabajo durante el horario de los comicios. En ese sentido, la Seremi del Trabajo y Previsión Social Ana Sáez hizo un llamado a todos los trabajadores a ejercer su derecho ciudadano y a los empresarios más flexibilidad para que sus trabajadores que se encuentren trabajando ese día, puedan concurrir a votar.

Según el artículo 155 de la Ley 18.700 de Votaciones populares y Escrutinios,  establece que ninguna autoridad o empleador podrá exigir servicio o trabajo alguno que impida votar a los electores.

Es por ello, que la autoridad regional del Trabajo indicó que “invitamos a todos los trabajadores(as) de nuestra región a ejercer su derecho ciudadano de concurrir a votar, y a los empresarios a otorgar las facilidades y permisos legales para cumplir con este deber ciudadano.

Existen situaciones específicas, como por ejemplo trabajadores contratados para realizar su labor los domingos y festivos, o aquellas personas que trabajan en centros comerciales y malls, que deben estar ejerciendo su labor durante el horario de los comicios. A continuación se detalla qué hacer en cada situación anteriormente mencionadas.

En el caso de los trabajadores de centros comerciales y malls, el artículo 38 del Código del Trabajo en su Número 7, establece que aquellos trabajadores que se encuentran exceptuados del descanso dominical y festivos, y que además prestan servicios en centros comerciales bajo una misma razón social o personalidad jurídica, se encuentran legalmente  liberados de prestar servicios el días de las elecciones municipales (23 de octubre), constituyendo para tales trabajadores un día de descanso obligatorio.

Con respecto a los trabajadores designados a ser vocales de mesa, presidentes de mesa,, miembro del Colegio de Escrutadores o delegados de la Junta Electoral, sus empleadores deben concederle los permisos necesarios para cumplir tales funciones, sin descuento en su remuneración, conforme a lo que establece el artículo 156 de la Ley N°18.700 sobre Votaciones Populares y Escrutinios.

Los trabajadores que legalmente  deban prestar servicios los domingos y festivos, es decir que no se benefician del descanso irrenunciable, este domingo 23 tienen derecho a ausentarse de su trabajo durante dos horas, a fin de sufragar, sin descuento de su remuneración, de acuerdo a los señalado en el artículo 155, inciso 2 de la ley N° 18.700. En caso de que las dos horas legales resulten insuficientes para poder sufragar, la autoridad regional recomienda que tanto trabajadores como empleadores concuerden una modalidad y extensión del permiso, a fin de que pueda cumplir con el derecho cívico.

Si un empleador impide al elector desempeñar su función como vocal de Mesa, miembro de Colegio, o simplemente impide asistir a sufragar, puede ser denunciado en cualquiera de las oficinas de la Inspección del Trabajo y ante el juez de policía local de la comuna donde ocurrió el hecho o a través del Call Center 600 450 4000.

Restricciones

El día de la elección y hasta 2 horas después del cierre de la votación, no podrán realizarse espectáculos o eventos deportivos, artísticos o culturales de carácter masivo.
Ese día entre las 05:00 horas de la mañana y 2 horas después del cierre de la votación, los establecimientos comerciales no podrán expender bebidas alcohólicas para su consumo en el local o fuera de él, exceptuándose sólo a los hoteles respecto de los pasajeros que pernocten en ellos.

 

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