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Publicación Extractos Decretos Ministerio de Obras Públicas

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E X T R A C T O  

01 octubre 2016.–  Por Decreto M.O.P. (Exento) N º675, de 02 de septiembre de 2016, y en base a la facultad otorgada por los artículos 3° letra a), 10° letra c) 14 letra e) y 105 del D.F.L. M.O.P. Nº850, de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº15.840 y del DFL. MOP. N°206, de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s. 70-A, 72, 72-A, 74  y 75,  para la obra: Reposición Pav. T-85 S: Rio Bueno – Cayurruca, que figuran a  nombre  de FUCHSLOCHER ESPANA SILVIA LUISA, FUCHSLOCHER ESPANA SILVIA LUISA, REYES OBANDO JUVENAL DIOGENES, SUC. QUEZADA CANOLES ANA MARIA y BOBADILLA SALAMANCA LUZ ELIZABET, roles de  avalúo 501-23, 501-23, 501-180, 501-21 y 501-133, Comuna de RIO BUENO, XIV Región de Los Ríos, superficies 971 m2, 208 m2, 381 m2, 225 m2 y 907 m2. respectivamente.   La Comisión de Peritos integrada por PATRICIO FERNANDO CASAGRANDE ULLOA, MARIA ISABEL RÍOS MARCUELLO y MARÍA SOLEDAD NÚÑEZ ARROYO, mediante informe de tasación de 09 de junio de 2015,  complementada por acta de fecha 15 de febrero de 2016, correspondiente al lote N°72-A,  fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $3.698.300.-, para el lote 70-A, $1.417.900.-, para el lote 72,  $1.035.800.-, para el lote 72-A,  $1.304.000.- para el lote 74 y $3.896.600.- para el lote 75.  La indemnización se pagará al contado.  La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7º del Decreto Ley Nº 2186, de 1978. Fiscal del Ministerio de Obras Públicas.

E X T R A C T O  

 Por Decreto M.O.P. (Exento) Nº 702, de 06 de septiembre de 2016, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3º letra  a), 10° letra c) 14º letra e) y 105 del D.F.L. M.O.P. Nº 850 de 1997, que fijó el texto actualizado  de la Ley Nº  15.840  y D.F.L. M.O.P N°206, de 1960, se expropió el lote de terreno  122,  para la obra Reposición Pav. T-85 S: Rio Bueno – Cayurruca, que figura a  nombre  de  MANTEROLA COVARRUBIAS AGUSTIN IGNAC,  rol de  avalúo 502-166,  Comuna de RIO BUENO, XIV Región de Los Ríos, superficie 530 m2.   La Comisión de Peritos integrada por PATRICIO FERNANDO CASAGRANDE ULLOA, MARIA ISABEL RÍOS MARCUELLO  y  MARÍA SOLEDAD NÚÑEZ ARROYO, mediante informe de tasación de 02 de abril de 2013, complementada por acta de fecha 04 de mayo de 2015 y acta de 13 de octubre de 2015, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de  $2.035.500.-  para el lote N° 122La indemnización se pagará al contado.  La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7º del Decreto Ley Nº 2186, de 1978.

 

E X T R A C T O  

Por Decreto M.O.P. (Exento) Nº730, de 13 de septiembre de 2016, y en base a la facultad otorgada por los artículos 3° letra a), 10° letra c),14 letra e) y 105 del D.F.L. M.O.P. Nº850, de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº15.840 y del DFL. MOP. N°206, de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s. 1, 2 y 3,  para la obra: «Reposición Acceso y Puentes Leufucade 1-2, Comuna de Lanco», que figuran a  nombre  de MELO BURGOS MAURICIO, MELO BURGOS MAURICIO y MELO BURGOS MAURICIO,  roles de  avalúo 220-1, 220-1 y 220-1, Comuna de Lanco, XIV Región, superficies 96 m2, 97 m2 y 26 m2. respectivamente.   La Comisión de Peritos integrada por María Soledad Núñez Arroyo, Patricio Fernando Casagrande Ulloa y Yáschala Maribel Yáñez Riffo, mediante informe de tasación de 11 de diciembre de 2015,  fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de  $808.000.-, para el lote 1, $655.000.-, para el lote 2 y $209.000.-, para el lote 3.  La indemnización se pagará al contado.  La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7º del Decreto Ley Nº 2186, de 1978. Fiscal del Ministerio de Obras Públicas.

E X T R A C T O  

Por Decreto M.O.P. (Exento) Nº 731, de 13 de septiembre de 2016, y en base a la facultad otorgada por los artículos 3° letra a), 10° letra c) 14 letra e) y 105 del D.F.L. M.O.P. Nº850, de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº15.840 y del DFL. MOP. N°206, de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s. 49-A, 49-B y 49-C,  para la obra: «Mejoramiento Construcción Ruta T-775, Sector Cruce T-75 (Puerto Nuevo), T-85 (Quillaico), lotes 36 al 71», que figuran a  nombre  de HUENTREPAN HUENTREPAN CARLOS, HUENTREPAN HUENTREPAN CARLOS y HUENTREPAN HUENTREPAN CARLOS,  roles de  avalúo 59-987,  59-987 y 59-987, Comuna de LAGO RANCO, XIV Región de Los Ríos, superficies 219 m2, 120 m2 y 93 m2. respectivamente.   La Comisión de Peritos integrada por María Soledad Núñez Arroyo, Karin Alicia Ernst Elizalde y Patricio Fernando Casagrande Ulloa, mediante informe de tasación de 28 de marzo de 2014,  fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de  $1.513.800.-, para el lote 49-A, $1.338.100.- para el lote 49-B y $1.237.800.- para el lote 49-C.  La indemnización se pagará al contado.  La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7º del Decreto Ley Nº 2186, de 1978.

E X T R A C T O  

Por Decreto M.O.P. (Exento) Nº 732, de 13 de septiembre de 2016, y en base a la facultad otorgada por los artículos 3° letra a), 10° letra c)14 letra e) y 105 del D.F.L. M.O.P. Nº850, de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº15.840 y del DFL. MOP. N°206, de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s. 177, 180, 181 y 183,  para la obra: Reposición Pav. T-85 S: Rio Bueno – Cayurruca, que figuran a  nombre  de SILVA GALLARDO JUVENAL ALBERTO, VARGAS DEL RIO SALUSTIANO, NFUMANN STANGE OSVALDO y NFUMANN STANGE OSVALDO,  roles de  avalúo 502-465, 502-303, 502-23 y 502-23, Comuna de RIO BUENO, XIV Región de Los Ríos, superficies 70 m2, 34 m2, 1.334 m2 y 343 m2. respectivamente.   La Comisión de Peritos integrada por PATRICIO FERNANDO CASAGRANDE ULLOA, MARIA ISABEL RÍOS MARCUELLO y MARÍA SOLEDAD NÚÑEZ ARROYO, mediante informe de tasación de 01 de abril de 2015, complementada por acta de fecha 04 de mayo de 2015,, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de  $424.000.-, para el lote 177, $412.700.-, para el lote 180, $4.241.200.-, para el lote 181, y $2.601.400.- para el lote 183.  La indemnización se pagará al contado.  La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7º del Decreto Ley Nº 2186, de 1978.

E X T R A C T O  

Por Decreto M.O.P. (Exento) Nº 733, de 13 de septiembre de 2016, y en base a la facultad otorgada por los artículos 3° letra a), 10° letra c)14 letra e) y 105 del D.F.L. M.O.P. Nº850, de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº15.840 y del DFL. MOP. N°206, de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s. 119, 120, 121 y 123,  para la obra: Reposición Pav. T-85 S: Rio Bueno – Cayurruca, que figuran a  nombre  de BUCHNER HERNANDEZ ELSA VERONICA, SALDIVIA SOLIS MIGUEL A, ARANEDA CORONADO JOSE MIGUEL y SALDIVIA SOLIS MIGUEL A,  roles de  avalúo 502-245, 502-168, 502-290 y 502-168, Comuna de RIO BUENO, XIV Región de Los Ríos, superficies 54 m2, 32 m2, 132 m2 y 112 m2. respectivamente.   La Comisión de Peritos integrada por PATRICIO FERNANDO CASAGRANDE ULLOA, MARIA ISABEL RÍOS MARCUELLO y MARÍA SOLEDAD NÚÑEZ ARROYO, mediante informe de tasación de 02 de abril de 2013, complementada por acta de fecha 04 de mayo de 2015,,  fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de  $358.000.-, para el lote 119, $109.000.-, para el lote 120, $666.080.-, para el lote 121, y $635.000.- para el lote 123.  La indemnización se pagará al contado.  La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7º del Decreto Ley Nº 2186, de 1978.

E X T R A C T O  

Por Decreto M.O.P. (Exento) Nº 740, de 14 de septiembre de 2016, y en base a la facultad otorgada por los artículos 3° letra a), 10° letra c)14 letra e) y 105 del D.F.L. M.O.P. Nº850, de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº15.840 y del DFL. MOP. N°206, de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s. 9, 10, 11 y 12,  para la obra: Reposición Pav. T-85 S: Rio Bueno – Cayurruca, que figuran a  nombre  de DELGADO MONSALVE ARNOLDO, DELGADO MONSALVE ARNOLDO, GONZALEZ RIOS MYRIAM SOLEDAD Y OTRO y VARGAS VASQUEZ SERGIO,  roles de  avalúo 90-29, 90-29, 90-135 y 90-22, Comuna de RIO BUENO, XIV Región de Los Ríos, superficies 15 m2, 28 m2, 32 m2 y 44 m2. respectivamente.   La Comisión de Peritos integrada por PATRICIO FERNANDO CASAGRANDE ULLOA, MARIA ISABEL RÍOS MARCUELLO y MARÍA SOLEDAD NÚÑEZ ARROYO, mediante informe de tasación de 03 de diciembre de 2012, complementada por acta de fecha 03 de junio de 2013, en lo que respecta al lote N°11,y acta de 4 de mayo de 2015,  fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de  $705.500.-, para el lote 9, $1.101.100.-, para el lote 10, $2.524.600.-, para el lote 11, y $1.710.950.- para el lote 12.  La indemnización se pagará al contado.  La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7º del Decreto Ley Nº 2186, de 1978.

E X T R A C T O  

Por Decreto M.O.P. (Exento) N º741, de 14 de septiembre de 2016, y en base a la facultad otorgada por los artículos 3° letra a), 10° letra c) 14 letra e) y 105 del D.F.L. M.O.P. Nº850, de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº15.840 y del DFL. MOP. N°206, de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s. 67-A, 67-B, 68, 69  y 70,  para la obra: Reposición Pav. T-85 S: Rio Bueno – Cayurruca, que figuran a  nombre  de ALTAMIRANO AVILA ALICIA DEL CARMEN, OVANDO HERNANDEZ SANDRA HAYDEE, INVERSIONES Y ASESORIAS PATAGONIA S, OLGUIN ROJAS MANUEL Y OTRA y COMITÉ AGUA POTABLE RURAL CUR, roles de  avalúo 501-105, 501-183, 501-22, 501-204  y  501-191, Comuna de RIO BUENO, XIV Región de Los Ríos, superficies 259 m2, 300 m2, 175 m2, 456 m2 y 85 m2. respectivamente.   La Comisión de Peritos integrada por PATRICIO FERNANDO CASAGRANDE ULLOA, MARIA ISABEL RÍOS MARCUELLO y MARÍA SOLEDAD NÚÑEZ ARROYO, mediante informe de tasación de 09 de junio de 2015,  complementada por acta de fecha 11 de julio de 2015, en lo que respecta la lote N°69,  fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $1.911.700.-, para el lote 67-A, $1.837.000.-, para el lote 67-B,  $651.500.-, para el lote 68,  $1.705.800.- para el lote 69 y $227.500.- para el lote 70.  La indemnización se pagará al contado.  La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7º del Decreto Ley Nº 2186, de 1978. Fiscal del Ministerio de Obras Públicas.

E X T R A C T O  

Por Decreto M.O.P. (Exento) Nº742,  de 14 de septiembre de 2016, y en base a la facultad otorgada por los artículos 3° letra a), 10° letra c) 14 letra e) y 105 del D.F.L. M.O.P. Nº850, de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº15.840 y del DFL. MOP. N°206, de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s. 5 y 5-A, para la obra: «Mejoramiento Ruta T-85, Varios Tramos en Lago Ranco-Calcurrupe», que figuran a  nombre  de HUEQUELEF DELGADO FRESIA HAYDEE Y O y HUEQUELEF DELGADO FRESIA HAYDEE Y O, roles de  avalúo 61-31 y 61-30, Comuna de Lago Ranco, XIV Región de Los Ríos, superficies 315 m2 y 447 m2. respectivamente.   La Comisión de Peritos integrada por Patricio Fernando Casagrande Ulloa, Karin Alicia Ernst Elizalde y María Soledad Núñez Arroyo, mediante informe de tasación de 04 de febrero de 2011, complementada por acta de fecha 10 de diciembre de 2015,  fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $2.263.000.-, para el lote 5 y con fecha 27 de julio de 2015, fijo el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $1.659.200.-, para el lote 5-A.  La indemnización se pagará al contado.  La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7º del Decreto Ley Nº 2186, de 1978.

E X T R A C T O  

Por Decreto M.O.P. (Exento) N º753, de 15 de septiembre de 2016, y en base a la facultad otorgada por los artículos 3° letra a), 10° letra c) 14 letra e) y 105 del D.F.L. M.O.P. Nº850, de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº15.840 y del DFL. MOP. N°206, de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s. 166, 167, 169, 176  y 178,  para la obra: Reposición Pav. T-85 S: Rio Bueno – Cayurruca, que figuran a  nombre  de AGR E INMOB HAYDEE R CIA, RODRIGUEZ AGURTO TERESA VERONICA, AGRICOLA SANTA LAURA LIMITADA, VARGAS DEL RIO SALUSTIANO y KLOCKER WERNER GISELA MARIANNE, roles de  avalúo 502-2, 506-22, 502-157, 502-303  y  502-466, Comuna de RIO BUENO, XIV Región de Los Ríos, superficies 735 m2, 38 m2, 293 m2, 1.169 m2 y 74 m2. respectivamente.   La Comisión de Peritos integrada por PATRICIO FERNANDO CASAGRANDE ULLOA, MARIA ISABEL RÍOS MARCUELLO y MARÍA SOLEDAD NÚÑEZ ARROYO, mediante informe de tasación de 01 de abril de 2015,  complementada por acta de fecha 04 de mayo de 2015,  fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $2.996.000.-, para el lote 166, $376.700.-, para el lote 167,  $1.980.900.-, para el lote 169,  $4.546.700.- para el lote 176 y $646.700.- para el lote 178.  La indemnización se pagará al contado.  La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7º del Decreto Ley Nº 2186, de 1978. Fiscal del Ministerio de Obras Públicas.

E X T R A C T O  

Por Decreto M.O.P. (Exento) Nº 758, de 15 de septiembre de 2016, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3º letra  a), 10° letra c) 14º letra e) y 105 del D.F.L. M.O.P. Nº 850 de 1997, que fijó el texto actualizado  de la Ley Nº  15.840  y D.F.L. M.O.P N°206, de 1960, se expropió el lote de terreno  81,  para la obra Reposición Pav. T-85 S: Rio Bueno – Cayurruca, que figura a  nombre  de  MARTINEZ CEA MARIA JULIA,  rol de  avalúo 502-215,  Comuna de RIO BUENO, XIV Región de Los Ríos, superficie 385 m2.   La Comisión de Peritos integrada por PATRICIO FERNANDO CASAGRANDE ULLOA, MARIA ISABEL RÍOS MARCUELLO  y  MARÍA SOLEDAD NÚÑEZ ARROYO, mediante informe de tasación de 09 de junio de 2015,   fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de  $1.741.000.-  para el lote N° 81La indemnización se pagará al contado.  La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7º del Decreto Ley Nº 2186, de 1978.

E X T R A C T O  

Por Decreto M.O.P. (Exento) Nº 759, de 15 de septiembre de 2016, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3º letra  a), 10° letra c) 14º letra e) y 105 del D.F.L. M.O.P. Nº 850 de 1997, que fijó el texto actualizado  de la Ley Nº  15.840  y D.F.L. M.O.P N°206, de 1960, se expropió el lote de terreno  13-A,  para la obra «Mejoramiento Ruta T-85, Varios Tramos en Lago Ranco-Calcurrupe», que figura a  nombre  de  HUEQUELEF HUENULEF OCTAVIO ENRIQUE,  rol de  avalúo 61-587,  Comuna de Lago Ranco, XIV Región de Los Ríos, superficie 290 m2.   La Comisión de Peritos integrada por Patricio Fernando Casagrande Ulloa, Karin Alicia Ernst Elizalde  y  María Soledad Núñez Arroyo, mediante informe de tasación de 24 de julio de 2013, complementada por acta de fecha 27 de julio de 2015 , fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de  $806.750.-  para el lote N° 13-ALa indemnización se pagará al contado.  La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7º del Decreto Ley Nº 2186, de 1978.

E X T R A C T O  

Por Decreto M.O.P. (Exento) Nº 762, de 15 de septiembre de 2016, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3º letra  a), 10° letra c) 14º letra e) y 105 del D.F.L. M.O.P. Nº 850 de 1997, que fijó el texto actualizado  de la Ley Nº  15.840  y D.F.L. M.O.P N°206, de 1960, se expropió el lote de terreno  44-A,  para la obra «Mejoramiento Construcción Ruta T-775, Sector Cruce T-75 (Puerto Nuevo), T-85 (Quillaico), lotes 36 al 71», que figura a  nombre  de  JANSSENS DE GRENADE DE GRENADE G Y,  rol de  avalúo 65-502,  Comuna de LAGO RANCO, XIV Región de Los Ríos, superficie 193 m2.   La Comisión de Peritos integrada por María Soledad Núñez Arroyo, Karin Alicia Ernst Elizalde  y  Patricio Fernando Casagrande Ulloa, mediante informe de tasación de 08 de octubre de 2013, complementada por acta de fecha 29 de octubre de 2014 , fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de  $14.625.150.-  para el lote N° 44-ALa indemnización se pagará al contado.  La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7º del Decreto Ley Nº 2186, de 1978.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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