15 septiembre 2016. Por Decreto M.O.P. (Exento) Nº641, de 24 de agosto de 2016, y en base a la facultad otorgada por los artículos 3° letra a), 10° letra c) 14 letra e) y 105 del D.F.L. M.O.P. Nº850, de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº15.840 y del DFL. MOP. N°206, de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s. 31 y 40, para la obra: Reposición Pav. T-85 S: Rio Bueno – Cayurruca, que figuran a nombre de FIGUEROA INOSTROZA JORGE ANTONIO y VERDUGO MOZO PATRICIO ENRIQUE, roles de avalúo 501-88 y 501-142, Comuna de RIO BUENO, XIV Región de Los Ríos, superficies 178 m2 y 167 m2. respectivamente. La Comisión de Peritos integrada por PATRICIO FERNANDO CASAGRANDE ULLOA, MARIA ISABEL RÍOS MARCUELLO y MARÍA SOLEDAD NÚÑEZ ARROYO, mediante informe de tasación de 03 de diciembre de 2012, complementada por acta de fecha 04 de mayo de 2015, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $2.892.700.-, para el lote N°31 y $579.160.-, para el lote N°40. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7º del Decreto Ley Nº 2186, de 1978.
E X T R A C T O
Por Decreto M.O.P. (Exento) N º657, de 30 de agosto de 2016, y en base a la facultad otorgada por los artículos 3° letra a), 10° letra c) 14 letra e) y 105 del D.F.L. M.O.P. Nº850, de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº15.840 y del DFL. MOP. N°206, de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s. 76, 76-A, 77, 78 y 79, para la obra: Reposición Pav. T-85 S: Rio Bueno – Cayurruca, que figuran a nombre de ALVAREZ MATUZ ALBERTO M., ALVAREZ MATUZ ALBERTO M., BANCO SANTANDER CHILE, SUC. QUEZADA CANOLES ANA MARIA y SIXTO SELIN CARRASCO URIBE, roles de avalúo 502-240, 502-240, 502-11, 501-21 y EN TRAMITE, Comuna de RIO BUENO, XIV Región de Los Ríos, superficies 486 m2, 96 m2, 3.696 m2, 186 m2 y 73 m2. respectivamente. La Comisión de Peritos integrada por PATRICIO FERNANDO CASAGRANDE ULLOA, MARIA ISABEL RÍOS MARCUELLO y MARÍA SOLEDAD NÚÑEZ ARROYO, mediante informe de tasación de 09 de junio de 2015, complementada por acta de fecha 05 de febrero de 2016, en lo que respecta al lote N°79 fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $2.347.300.-, para el lote N°76, $552.800.-, para el lote N°76-A, $7.194.800.-, para el lote N°77, $1.119.800.- para el lote N°78 y $706.900.- para el lote N°79. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7º del Decreto Ley Nº 2186, de 1978. Fiscal del Ministerio de Obras Públicas.
E X T R A C T O
Por Decreto M.O.P. (Exento) Nº 655, de 30 de agosto de 2016, y en base a la facultad otorgada por los artículos 3° letra a), 10° letra c)14 letra e) y 105 del D.F.L. M.O.P. Nº850, de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº15.840 y del DFL. MOP. N°206, de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s. 41-A, 41-B, 59-A y 59-B, para la obra: «Mejoramiento Construcción Ruta T-775, Sector Cruce T-75 (Puerto Nuevo), T-85 (Quillaico), lotes 36 al 71», que figuran a nombre de RIVERA CARRASCO JOSE MARIA, INVERSIONES EL CARMEN S A, LEAL MELLA CARMEN GLORIA y LEAL MELLA CARMEN GLORIA, roles de avalúo 65-97, 59-357, 65-476 y 65-476, Comuna de LAGO RANCO, XIV Región de Los Ríos, superficies 63 m2, 103 m2, 215 m2 y 930 m2. respectivamente. La Comisión de Peritos integrada por María Soledad Núñez Arroyo, Karin Alicia Ernst Elizalde y Patricio Fernando Casagrande Ulloa, mediante informe de tasación de 28 de marzo de 2014, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $364.050.-, para el lote N°41-A, $586.050.-, para el lote N°41-B, $991.750.-, para el lote N°59-A, y $3.593.000.- para el lote N°59-B. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7º del Decreto Ley Nº 2186, de 1978.
E X T R A C T O
Por Decreto M.O.P. (Exento) Nº 656, de 30 de agosto de 2016, y en base a la facultad otorgada por los artículos 3° letra a), 10° letra c)14 letra e) y 105 del D.F.L. M.O.P. Nº850, de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº15.840 y del DFL. MOP. N°206, de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s. 68-A, 68-B, 68-C y 68-D, para la obra: «Mejoramiento Construcción Ruta T-775, Sector Cruce T-75 (Puerto Nuevo), T-85 (Quillaico), lotes 36 al 71», que figuran a nombre de MONTECINOS MARTINEZ HENRI GABRIEL, MONTECINOS MARTINEZ HENRI GABRIEL, MONTECINOS MARTINEZ ROGER VADIM y QUICHEL TRANAMIL HORTENCIA DEL C, roles de avalúo 65-516, 65-516, 65-546 y 65-116, Comuna de LAGO RANCO, XIV Región de Los Ríos, superficies 61 m2, 808 m2, 13 m2 y 191 m2. respectivamente. La Comisión de Peritos integrada por María Soledad Núñez Arroyo, Karin Alicia Ernst Elizalde y Patricio Fernando Casagrande Ulloa, mediante informe de tasación de 20 de marzo de 2015, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $517.800.-, para el lote N°68-A, $3.612.500.-, para el lote N°68-B, $212.100.-, para el lote N°68-C, y $12.143.900.- para el lote N°68-D. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7º del Decreto Ley Nº 2186, de 1978.