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Cámara Baja aprobó proyecto que regula el voto chileno en el extranjero

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CH327- SANTIAGO (CHILE) , 17/11/2013.- Chilenos depositan su voto hoy, domingo 17 de noviembre de 2013, en Santiago, donde más de 12 millones de chilenos están llamados a votar en las elecciones presidenciales, parlamentarias y de consejeros regionales del país. Ante la fuerte incertidumbre sobre cuán alta podría ser la abstención en las elecciones que se celebran, el Gobierno y los candidatos se han esmerado en estimular a los votantes hasta el último minuto. EFE/Sebastian Silva

Con 110 votos a favor y 1 abstención fue despachado al Ejecutivo para su promulgación, el proyecto que regula el voto de los chilenos en el exterior, informó el diputado por Los Ríos Bernardo Berger (RN).

Esto, luego que la Cámara Baja aprobara ayer las modificaciones realizadas por el Senado,  en su tercer trámite constitucional.

El parlamentario detalló que para participar de este proceso, los chilenos en el extranjero que deseen ejercer su derecho a sufragio activo, deberán inscribirse sólo una vez para indicar su domicilio electoral en el extranjero y deberán repetir este trámite si cambian de domicilio.

Tanto la inscripción como el cambio de domicilio podrá hacerse ante el Consulado respectivo, o bien, ante la Jefatura Nacional de Extranjería y Policía Internacional de la Policía de Investigaciones de Chile, al momento de entrar o salir del país.

Berger añadió que “hemos aprobado, pues es innegable que hoy existe un número importante de chilenos en situación de tránsito en el extranjero, especializándose, en intercambios laborales, por tanto, por esa gente, hemos apoyado la iniciativa pues esta política de formación avanzada de capital humano fue propiciada por el propio Estado y debe por tanto haber coherencia de vinculo y participación”.

“Hecha la inscripción o cambio de domicilio para votar en el extranjero, se formará dentro del padrón general uno de chilenos en el extranjero. Cada país que cuente con un consulado de Chile, contará también con una Junta Electoral, que será presidida por el respectivo Cónsul e integrada, además, por otro funcionario del Servicio Exterior, que tendrá la función de secretario. Corresponderán al Cónsul todas las funciones de delegado electoral”, detalló.

Cabe mencionar que el proyecto, además, contempla normas relativas a los actos preparatorios en el extranjero; sobre publicidad y propaganda; funcionamiento de las juntas electoras; los locales de votación; la oficina electoral; reclamaciones (podrán presentarse a través del sitio web del Tribunal Electoral Regional de turno de la Región Metropolitana, o bien en el respectivo consulado chileno, que tendrá la obligación de ingresarlos); sanciones y procedimientos judiciales.

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