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Parlamentario manifestó que “es un avance en política pública y esperamos ir mejorando las coberturas”

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21 mayo 2015. Senador De Urresti valora aprobación de Ley Ricarte

senador de urresti

Como “un avance en política pública” calificó el senador Alfonso De Urresti el proyecto de ley que crea un Sistema de Protección Financiera para Tratamientos de Alto Costo -conocida como Ley Ricarte- que alcanzará al 2017 una inversión de 100 mil millones de pesos.

“Es un proyecto importante porque aporta una solución que antes no existía, bajo un principio solidario. En esto tenemos que ser muy claros y reconocer que efectivamente es un avance, es un comienzo ante este vacío, ante un sistema que dejaba sin cobertura estas enfermedades catastróficas no cubiertas por el Auge ni por el sistema público ni privado”, dijo el senador De Urresti.

Además, el parlamentario valoró que el gobierno de la Presidenta Bachelet “esté preocupado de mejorar y fortalecer el sistema público de salud a través de la construcción de nuevos recintos hospitalarios, dotación de más especialistas, fortalecimiento de la atención primaria, y como hemos visto en nuestra región, también de la atención prehospitalaria a través de las nuevas bases SAMU,postas y cecofs, entre otros”, sostuvo.

EL PROYECTO

La iniciativa crea, dentro del Régimen General de Garantías en Salud, un Sistema de Protección Financiera para el Otorgamiento de aquellos Diagnósticos y Tratamientos de Alto Costo, tales como enfermedades oncológicas, inmunológicas y raras o poco frecuentes que, cumpliendo las características que se establecen, sean determinadas a través de un decreto del Ministerio de Salud.

El Fondo Nacional de Salud deberá asegurar esta protección financiera a todos los beneficiarios de los sistemas previsionales de salud de Chile (carácter universal) exceptuándose únicamente las prestaciones cubiertas por los seguros de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, el seguro obligatorio (seguro automotriz) y las pactadas en los contratos de salud previsional para enfermedades catastróficas (CAEC).

– Otorga cobertura económica no sólo al tratamiento asociado a determinadas enfermedades sino que también al diagnóstico de las mismas, cuando ello sea de un alto costo, lo que se determina por la circunstancia que su valor impida el acceso al diagnóstico o al tratamiento, o impacte catastróficamente en el gasto de los beneficiarios.

 

– Se establece que para considerar que un diagnóstico o un tratamiento es de alto costo para los efectos de los beneficios que otorga este proyecto de ley, será necesario que su valor sea superior al umbral nacional de costo anual que cada 3 años deberá fijarse por decreto supremo; esto es que los gastos en estas patología sobrepase el 40% de los ingresos familiares anuales promedio, descontando previamente los gastos básicos de subsistencia.

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