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Aprobado Proyecto de Ley que facilita sanear loteos irregulares con ampliación de plazo

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11 Diciembre 2014.
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Cámara de Diputados aprobó por 87 votos a favor, una abstención y ningún voto en contra la iniciativa apoyada por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo y que extiende por cinco años el plazo para sanear terrenos irregulares.

-Ministra Saball destacó importancia de la iniciativa que permitirá mejorar la calidad de vida de muchas familias del país al acceder a fondos públicos para mejorar sus condiciones de vida y postular a una vivienda definitiva.

La Cámara de Diputados aprobó hoy por 87 votos a favor, una abstención (por ausencia) y ningún voto en contra el proyecto de ley que permite agilizar el saneamiento de loteos irregulares a lo largo del país, regularización que permite a las familias vulnerables a acceder a diversos beneficios y subsidios habitacionales para mejorar la condición de sus viviendas y barrios, iniciativa impulsada por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo (Minvu) y el parlamento.

La ministra de Vivienda y Urbanismo, Paulina Saball, agradeció la votación de los diputados y explicó que las familias afectadas por loteos irregulares se ubican desde la región de Los Ríos, por el sur, hasta la región de Atacama, por el norte del país.

“La verdad es que estamos muy contentos, porque se acaba despachar en la Cámara de Diputados y quedar sancionada la Ley que prorroga la actualmente vigente ley de loteos irregulares e introduce algunas modificaciones que van a hacer más ágil y más factible el procedimiento de regularización”, destacó la ministra, tras la votación en la sala de la cámara baja.

La secretaria de Estado explicó que los loteos irregulares han derivado en que las familias que en un momento adquirieron un terreno sin las debidas normas estén hoy viviendo en situaciones de alta precariedad tanto en aspectos sanitarios de sus propiedades como la imposibilidad de acceder a una postulación para una vivienda definitiva.

En este sentido el seremi de Vivienda y Urbanismo de Los Ríos, Carlos Mejías, sostuvo que este nuevo escenario es muy favorable para nuestra región, pues permitirá organizar de mejor manera la demanda habitacional existente.

Agregó que “la aprobación de este proyecto de Ley nos genera grandes posibilidades para que podamos abordar la situación de los loteos irregulares, como es el caso de los campamentos que están emplazados en esta condición, y de esa manera cumplir con el propósito que nos hemos propuesto como Ministerio, que es mejorar las condiciones de vida de muchas familias en la región y también las condiciones de desarrollo de nuestras ciudades y generar mayor equidad en el desarrollo de las mismas.”

La Ley 20.562 publicada el 25 de enero del año 2012 modificó la Ley 20.234 y renovó el plazo para solicitar la regularización de loteos por 3 años. En consecuencia, el plazo vence el próximo 25 de enero de 2015, plazo perentorio que obligaba a legislar para extender este plazo.

Cambios Propuestos

Los cambios propuestos que fueron aprobados por el poder legislativo son los siguientes en materia de regularización de los loteos irregulares:

Ø Se amplía el plazo de aplicación por 5 años.

Ø Se permite la regularización de loteos que forman parte del catastro de campamentos del Programa de Campamentos del Ministerio de Vivienda y Urbanismo.

Ø Se explicita que la ley se aplica a quienes no tengan permiso de loteo o recepción.

Ø Se establece que el plano de loteo debe indicar la superficie de las edificaciones y su destino para facilitar la tasación de las viviendas.

Ø Se faculta a los Serviu para realizar las tasaciones de las viviendas cuando la regularización forme parte de sus programas.

Ø Se permite que los loteos postulen a recursos del Estado para la elaboración de los estudios de riesgo, en forma previa a la solicitud de regularización.

Ø Se explicita que para efectos de esta Ley el profesional competente es cualquiera de los que señala el Artículo 17 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC) como arquitectos, ingenieros civiles, ingenieros constructores, constructores civiles.

Ø Se explicitan las facultades de la Seremi de Vivienda respecto de las rebajas de pavimentación.

Ø Se adelanta a la recepción provisoria la calidad de bien nacional de uso público de las vialidades del loteo para que puedan postular al Programa de Pavimentación Participativa del Minvu.

Ø Se faculta a las municipalidades a celebrar convenios con las empresas sanitarias conforme al Artículo 33 C del DFL 382, Ley General de Servicios Sanitarios.

Ø Se otorga la recepción final por el sólo ministerio de la Ley a las viviendas transferidas por los Serviu de conformidad al DL 2833 de 1979 del Ministerio de Justicia.

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