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Penas de hasta 16 años de cárcel para 4 jóvenes condenados por robo con homicidio en La Unión

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14 Mayo 2014.

El fiscal Raúl Suárez acreditó en el juicio oral la responsabilidad de tres mujeres y un hombre por robar y dar muerte con 31 puñaladas a Candelario Parada González, vecino de uno de los condenados, quienes tenían entre 15 y 18 años cuando cometieron el delito, en junio de 2013.

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Esta tarde, el Tribunal Oral en lo Penal de Valdivia dio a conocer las penas que deberán cumplir 4 jóvenes -tres mujeres y un hombre- que la semana pasada enfrentaron un juicio oral en el que la Fiscalía de La Unión acreditó su responsabilidad en el delito de robo con homicidio contra un hombre de 49 años.

El fiscal jefe de La Unión, Raúl Suárez Pinilla, quien concurrió al juicio oral de esta causa acompañado por la abogada asesora de la Fiscalía Regional, María José Hurtado, explicó que los hechos ocurrieron a las 3 de la madrugada del 17 de junio del año pasado, cuando los acusados ingresaron a la casa de Candelario Parada González, ubicada en la población Irene Daiber de la comuna de La Unión, con la intención de sustraer especies.

“El dueño de casa se encontraba durmiendo cuando los acusados ingresaron a su domicilio tras quebrar un vidrio, agrediéndolo con golpes de pies, puños y elementos contundentes y asestándole además 31 puñaladas que le causaron la muerte por una anemia aguda”, señaló el fiscal del Ministerio Público.

Los acusados huyeron del inmueble luego de sustraer relojes, joyas, $110 mil en efectivo, un cilindro de gas licuado y un celular, entre otras especies, las que guardaron en la casa de una de las tres mujeres acusadas, Camila de Jesús Velásquez Gutiérrez, quien vivía justo al frente de la víctima.

Por estos hechos, el tribunal condenó a Héctor Manuel Muñoz Fernández (19) a cumplir una pena de 16 años de presidio, en tanto que a la otra acusada mayor de edad, Camila Velásquez Gutiérrez (18), le impuso una pena de 13 años de presidio.

Respecto de las acusadas menores de edad, el tribunal sentenció a M.E.A.P. (17) a cumplir una pena mixta de 5 años de internación en régimen cerrado y de 3 años de libertad asistida especial, además de un tratamiento de rehabilitación por el consumo de drogas y alcohol, en tanto que a N.A.M.G. la sentenció a una pena mixta de 3 años de internación en régimen cerrado y 2 años de libertad asistida especial.

La sentencia fue dictada por la segunda sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valdivia, presidida por el juez Ricardo Aravena e integrada por las juezas Cecilia Samur y María Soledad Piñeiro.

 

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